Cómo funciona la contratación pública en España

Esta página explica, sin tecnicismos, el marco legal que hay detrás de los datos que publica contratoabierto. Cada afirmación sobre la norma remite a un artículo concreto de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP), cuyo texto consolidado en el BOE incorpora todas las reformas. Si encuentras una diferencia entre lo que decimos y lo que dice la ley, manda la ley: escríbenos y lo corregimos.

Última revisión: 29 de agosto de 2026, sobre la redacción de la LCSP vigente en esa fecha.

Tipos de contrato

La LCSP clasifica los contratos del sector público según su objeto (art. 12 LCSP). Estos son los que aparecen en los datos de este portal:

Un contrato que combina prestaciones de varios tipos es un contrato mixto (art. 18 LCSP) y se rige por las reglas del tipo que pese más económicamente.

Contrato menor y contrato mayor

La ley no usa la expresión «contrato mayor»: llama contrato menor a los de menor cuantía y trámite simplificado, y todo lo demás sigue el procedimiento ordinario. La frontera es elvalor estimado del contrato, sin IVA (art. 118.1 LCSP).

Contrato menor

  • Valor estimado por debajo de 40.000 € en obras o de 15.000 € en servicios y suministros.
  • Se adjudica de forma directa: la Administración elige a la empresa, sin concurso.
  • El trámite se reduce a un informe que justifique la necesidad y a la aprobación del gasto.
  • Dura un año como máximo y no se puede prorrogar.

art. 118 LCSP

Contrato mayor u ordinario

  • Valor estimado que alcanza o supera esos umbrales.
  • Se adjudica con publicidad y concurrencia: las empresas presentan ofertas y compiten.
  • El trámite es completo: pliegos, plazos, mesa de contratación y valoración de ofertas.
  • Su duración la fija el contrato y admite prórroga.

art. 131 y siguientes LCSP

Hoy contratoabierto recoge sobre todo contratos menores. Por eso el resto de esta página se centra en ellos.

Cómo se adjudica un contrato menor

El contrato menor es la vía rápida: no hay concurso ni ofertas (art. 118 y art. 131.3 LCSP). A cambio, la ley pone límites para que esa vía no se use como atajo:

Por encima del umbral, la adjudicación pasa por procedimientos con publicidad y ofertas —abierto, restringido y otros—. Esta página todavía no los cubre.

Qué vigila la ley en los contratos menores

Ninguno de estos puntos convierte un contrato en irregular por sí solo. Son las reglas que la ley pone al contrato menor y que conviene poder comprobar sobre los datos:

El Monitor de cada municipio ordena los contratos por estos criterios y marca los que piden una segunda lectura.

Cómo verificamos esto

Las citas remiten al texto consolidado de la Ley 9/2017 en el BOE, que incorpora todas sus reformas. Revisamos esta página cada vez que se publica una reforma de la LCSP que afecte a los tipos de contrato, al umbral del contrato menor o a la forma de adjudicarlo.

Última revisión: 29 de agosto de 2026.

Si detectas una diferencia entre esta página y el BOE, escríbenos a hola@contratoabierto.com.